Monotributo: AFIP relanza crédito a tasa cero

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El Gobierno Nacional, a través de la Vicejefa de Gabinete Cecilia Todesca junto a la Directora de la AFIP Mercedes Marcó del Pont, anunció en conferencia de prensa un nuevo crédito a tasa cero para monotributistas.

Posteriormente, el día 13/8/2021 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 512/2021, por el cual se oficializa y aprueba el anuncio hecho días pasados.

En este sentido, las características de este crédito son las siguientes:

  • Categoría A: Crédito de hasta $ 90.000
  • Categoría B: Crédito de hasta $ 120.000
  • Categoría C en adelante: Crédito de hasta $150.000

Para analizar en qué categoría se encuentra el monotributista para acceder a este crédito, se tomarán las categorías en las que se encontraban al 30/6/2021.

¿Cuales son los puntos salientes del programa?

A modo de resumen de los principales aspectos del programa señalar los siguientes:

¿Y cómo se tramita el crédito?

El trámite se realizará de la misma manera que el año pasado, a través de la página web de la AFIP. Y se otorgará a través de la tarjeta de crédito de cada monotributista en un solo desembolso.

En la página web de la AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.

Allí se visualizará si el contribuyente califica para solicitarlo y el monto que le corresponde según su categoría. Luego se deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito y se finaliza el trámite.

Requisitos

  • Ser Monotributistas
  • No percibir ingresos en relación de dependencia, jubilación, y no prestar servicios al sector público (cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
  • No encontrarse en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central
  • Los beneficiarios del crédito no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

¿Cómo se devuelve el crédito?

Se devolverá en 12 meses con un período de gracia de 6 meses.

Se aclara que aquellos monotributistas que tomaron el crédito otorgado el año pasado, podrán también tener acceso a este nuevo crédito. Y las restricciones de acceso al mismo serán las mismas que el crédito anterior (monotributistas que también tengan ingresos en relación de dependencia, monotributistas y jubilados, entre otros).

¿A partir de cuándo se podrá ingresar para tramitar el crédito?

La página web de la AFIP estará disponible a partir de la última semana de agosto, entre el 24 y el 25 de agosto, según informó la Directora del Organismo.

Para ver el texto completo del Decreto 512/2021, por favor hacé click aquí.

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