Se establece la adhesión de la Provincia del Neuquén al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES- [RG (CA) 7/2017, modif. por RG (CA) 12/2017], a partir del período fiscal 2018.
Al respecto, la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia efectuará, durante los meses de diciembre de 2017 y enero de 2018, la conversión automática de los códigos de actividades en los que sea factible determinar la equivalencia con los códigos NAES.
Asimismo, en aquellos casos en que sea imposible la mencionada conversión, se dispondrá una aplicación online por la cual los contribuyentes podrán seleccionar los códigos que correspondan y generar el cese de los códigos que dejan de estar vigentes a partir del 31 de diciembre de 2017.
La Editorial pone a disposición de sus suscriptores una nueva herramienta de consulta que permite encontrar las equivalencias entre el nuevo Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), el anterior (CUACM) y AFIP, y permite conocer el código de actividad y los detalles específicos de la misma, según el nuevo nomenclador.
RESOLUCIÓN (Dir. Prov. Rentas Neuquén) 586/2017
VISTO
El Expediente N° 7423-006016/2017 del registro de la Dirección Provincial de Rentas, caratulado: “D.G. Atención y Servicios Contribuyentes s/Proyecto Resol. Reempadronamiento por Modif. Nomenclador de Activ. 2018”; el Código Fiscal Provincial vigente; la Ley impositiva Provincial N° 3092; las Resoluciones Generales N° 07/2017, 12/2017 y 13/2017 de la Comisión Arbitral; la Resolución General AFIP N° 3537/2013; y
CONSIDERANDO
Que el Nomenclador de Actividades del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos constituye una herramienta para la eficiente administración de dicho tributo;
Que se han comenzado a desarrollar nuevas actividades económicas, produciéndose cambios en el orden tecnológico y en la modalidad de prestación de servicios y producción de bienes;
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante Resolución General N° 3537/2013 aprobó el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), el cual se corresponde con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CLANAE 2010) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos;
Que asimismo, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, mediante las Resoluciones Generales N° 07/2017 y 12/2017 estableció el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) a partir del 1° de enero de 2018, derogándose desde esa misma fecha el Nomenclador CUACM vigente hasta ese momento;
Que la Ley Impositiva Provincial Nº 3092, que entrará en vigencia en la Provincia del Neuquén a partir del 1° de enero de 2018, adopta el citado Nomenclador de Actividades;
Que con la adopción de este nomenclador se tiende a lograr uniformidad, facilitando el intercambio de información y un mayor grado de simplificación para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes;
Que los contribuyentes Directos del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, deberán adoptar dicho clasificador;
Que para ello es menester generar acciones por parte de esta Dirección Provincial y de los contribuyentes involucrados, para efectuar la conversión de los códigos de actividades vigentes hasta el 31/12/2017 y asumir los nuevos conforme al NAES, siendo necesario determinar el procedimiento a tales fines;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de competencia;
Por ello:
LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE
Art. 1 – Apruébese el nomenclador de actividades del impuesto sobre los ingresos brutos, que como Anexo único forma parte de la presente resolución, el cual resultará aplicable para todos los contribuyentes del gravamen.
Art. 2 – Hágase saber que a los fines de resolver equivalencias, encuadres de actividad y otras cuestiones de índole interpretativa vinculadas a la aplicación del nomenclador de actividades, serán de aplicación supletoria las notas metodológicas del “Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CLANAE 2010)” – del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Art. 3 – Establécese que la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia del Neuquén, durante los meses de diciembre de 2017 y enero de 2018, procederá a la conversión de los códigos de actividades de los contribuyentes directos del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren activos al momento de dicha conversión, mediante el siguiente procedimiento:
a) Durante el período referenciado se practicará de oficio la conversión automática de actividades a todos aquellos contribuyentes en los que sea factible determinar la equivalencia con los códigos del NAES.
b) En aquellos casos en los que resulte dificultosa o imposible la conversión automática, se dispondrá una aplicación online a través del sitio oficial de la Dirección Provincial de Rentas, por la cual deberá seleccionar el/los código/s que por el giro de su negocio le/s correspondan y generar el cese del/los códigos que dejan de estar vigentes a partir del 31/12/2017.
c) En el caso de contribuyentes que se vieran imposibilitados de concretar la acción descripta anteriormente, podrán realizar los trámites en forma presencial para producir las altas o bajas de sus actividades, en los casos que estimen corresponder, de acuerdo a las disposiciones que para cada caso establezca la Dirección Provincial de Rentas.
Art. 4 – De forma.
ANEXO
Acercamos el anexo de la Res. (Dir. Prov. Rentas Neuquén) 586/2017 en formato pdf.
Fuente: Editorial Errepar