Pablo Ariel Figueredo – Departamento de Contenidos, Laboral
La ANSES fijó los importes de los topes mínimos y máximos a la base imponible de la seguridad social aplicables a partir del período devengado marzo de 2021.
Lo hizo a través de la resolución 52/2021 que se publicó en el Boletín Oficial el domingo 28 de febrero.
El organismo previsional también actualizó los montos de los haberes jubilatorios, la Prestación Básica Universal y la Pensión Universal para el Adulto Mayor que rigen a partir del período devengado marzo/2021, en función de la nueva fórmula de movilidad que arrojó un índice de actualización del 8,07%.
Además, a partir de este mes también se modifican los montos del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
¿Cuáles son los topes a la seguridad social que rigen a partir de diciembre?
Los nuevos montos son los siguientes:
Consideraciones particulares
- Obra Social: el Decreto 921/2016 establece que el monto del haber mínimo para el cálculo de aportes y contribuciones previstos en el régimen de obras sociales será equivalente a 2 bases mínimas previstas por la legislación vigente.
Para el caso de contrato a tiempo parcial (art. 92 ter de la LCT y art. 18 de la L. 23660), los aportes y contribuciones a obra social serán los que correspondan a un trabajador a tiempo completo
- Cargas sindicales: los topes mínimos y máximos no aplican a las cargas sindicales.
Actualización de montos del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio
A partir del 1 de marzo del corriente entran en vigencia los nuevos valores del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO) correspondientes, tanto a la suma asegurada como para el costo mensual por cada trabajador/a declarado/a.
Los nuevos montos que regirán ascienden a:
Suma Asegurada: $ 118.800,00
Prima Individual: $ 24,35
Cabe mencionar que se mantienen los valores por el derecho de emisión:
– Hasta 25 asegurados $12.
– Entre 26 y 50 asegurados $17.
– Más de 50 asegurados $25.
Novedades en SICOSS y Declaración en Línea
En el mes de febrero la AFIP puso a disposición el “release” 10 de la Versión 42 del programa aplicativo SICOSS, y que se ve reflejado en Declaración en Línea, que presenta las siguientes novedades:
– Actualización de la alícuota del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio con vigencia a partir del período 03/2021.
– Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Enero 2021.
– Código “459 – Reducción Contribuciones Empresas de Salud Decreto 300/2020” Para acceder al beneficio del Decreto 34/2021.
Impuesto a las ganancias y las jubilaciones
Respecto de las jubilaciones, la deducción específica establecida por la Ley 27.346, que es equivalente a 6 haberes previsionales básicos, también se verá incrementada como consecuencia de este último ajuste en el haber previsional mínimo.
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