Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 76/1975 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial equivalente al 21%, a efectivizarse en forma escalonada de la siguiente manera:
– 11% a partir de abril de 2017; y
– 10% a partir de julio de 2017.
Respecto del incremento retroactivo al mes de abril de 2017, se conviene que se abonará junto al pago de los haberes de la primera quincena de mayo de 2017.
Por otra parte, se dispone la conformación de una comisión especial con el fin de evaluar el seguimiento de las variables económicas, asumiendo el compromiso de reunirse en el mes de octubre de 2017 y enero de 2018, para analizar su impacto en el incremento salarial acordado y realizar las adecuaciones que resulten necesarias a partir de dichos períodos.
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Fuente: Editorial Errepar