La Jefatura de Gabinete de Ministros exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la realización de entrenamientos en grupos de los planteles profesionales de los clubes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), correspondientes a las distintas Categorías (Liga Profesional del Fútbol Argentino, Primera Nacional, Primera “B” Metropolitana, Primera “C”, Federal “A” y Primera “A” del Fútbol Femenino), y a la realización de partidos amistosos entre ellos.
Estas actividades deberán desarrollarse dando cumplimiento al protocolo denominado “Reinicio de la Actividad Futbolística – Protocolo”, que forma parte integrante de esta decisión administrativa.
Asimismo, la normativa precisa que “en todos los casos se deberá garantizar la higiene, y cuando correspondiere, la organización de turnos y los modos de entrenamiento deportivo que garanticen las medidas de distanciamiento necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19”.
Accedé a la Decisión Administrativa (Jefatura de Gabinete de Ministros) 1805/2020