Personal de casas particulares: nuevos montos del beneficio y condiciones de ingreso al Programa Registradas

por

Eugenia Khedayán – Departamento de Contenidos, Laboral

Mediante Decreto 358/2022, el Poder Ejecutivo prorroga la fecha de inscripción al Programa “Registradashasta el 31 de diciembre de 2022.
Además, modifica a partir de julio de 2022 el monto del beneficio del Programa, según los siguientes criterios:

I. Para aquellas empleadoras y aquellos empleadores cuyos ingresos brutos mensuales no superen el 70 % de la suma indicada en el artículo 4°, inciso a) del decreto, el beneficio será de una suma mensual equivalente al 50 % de la remuneración neta mensual mínima de la trabajadora o del trabajador de casa particular correspondiente por convenio, en función de las horas y las categorías declaradas por su empleadora o empleador al momento de la inscripción al Programa.

II. Para aquellas empleadoras y aquellos empleadores cuyos ingresos brutos mensuales se encuentren comprendidos entre el 70 % y el 100 % de la suma indicada en el inciso a) del citado artículo 4°, el beneficio será de una suma mensual equivalente al 30 % de la remuneración neta mensual mínima de la trabajadora o del trabajador de casa particular correspondiente por convenio, en función de las horas y la categoría declaradas por su empleadora o empleador al momento de la inscripción al Programa.

suscripción laboral

Tal como surge del Decreto, los ingresos brutos a evaluar se determinan conforme a lo indicado en el artículo 4°, inciso a) del mismo. Es decir que, deberá tenerse en cuenta que durante los 12 meses calendario inmediatos anteriores a los períodos mensuales que serán tomados en consideración para cómputo del monto de ingresos brutos, hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el artículo 26, inciso z) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que actualmente asciende a $ 280.792.

El Decreto agrega que el monto mensual máximo del beneficio no podrá superar el 50 % de la remuneración neta mensual indicada para la categoría “Personal para tareas generales”, según lo establecido en la resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares vigente al momento del pago.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo mediante la Resolución 778/2022 define los períodos mensuales que serán tomados en consideración para cómputo del monto de ingresos brutos del empleador o empleadora que solicite, a partir de julio de 2022, ingresar al Programa Registradas:

  • a. Cuando la solicitud de ingreso se realice entre el 1º de julio de 2022 y el 30 de septiembre de 2022, el mes de referencia será junio de 2022.
  • b. Cuando la solicitud de ingreso se realice entre el 1º de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, el mes de referencia será septiembre de 2022.

Asimismo, se establece que a los fines de ampliar el universo de personas que pueden acceder al Programa, corresponderá considerar en carácter de ingresos brutos a las prestaciones dinerarias percibidas con motivo de la Asignación Universal por Hija e Hijo (AUH) o Asignación por Embarazo para Protección Social.

Destacamos que el beneficio se extenderá por 6 meses contados a partir de su otorgamiento y cada empleador podrá inscribirse para acceder al beneficio, únicamente por 1 sola relación laboral.


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