La Administración Federal de Ingresos Públicos, por medio de la resolución general 4810, establece, desde el 5 de setiembre de 2020, la posibilidad de que la documentación que hasta ahora deben presentar los representantes de las sociedades en forma presencial en las dependencias del Organismo para completar el trámite de inscripción o modificación de datos, se pueda presentar en forma remota a través del servicio “Presentaciones Digitales” –dispuesto por la RG (AFIP) 4503-, seleccionando el trámite “Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas”.
Esta norma se dicta en el marco de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19, para atender la imposibilidad de concurrir a ciertas dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos en las zonas geográficas que permanecen en la etapa de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Para finalizar, ponemos a disposición dos instructivos elaborados por la AFIP: