Posnet a la fuerza: denuncian que la AFIP impone y obliga el uso del sistema a los pequeños comerciantes

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El diputado nacional Hugo Maldonado presentó un proyecto para requerir al Ministerio de Economía que haga cesar de inmediato las fiscalizaciones e inspecciones que el organismo a cargo de Ricardo Echegaray viene realizando en compañías y locales del interior del país.

posnetEl diputado nacional Hugo Maldonado (UCR-Chaco) presentó un proyecto para requerir al Ministerio de Economía que haga cesar de inmediato las fiscalizaciones e inspecciones que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) viene realizando en pequeños comercios del interior del país.
“Alegando la falta de cumplimiento del decreto 1387/2001, la AFIP quiere imponer a todas empresas medianas y pequeñas la obligación de contratar el Posnet, un servicio de tarjetas de crédito y débito, que les acarrea serios perjuicios y altos costos a las ventas minoristas, en un contexto de retracción del consumo”, sostuvo el legislador.
“La colocación del servicio resulta a menudo inaccesible para los pequeños comerciantes por el gasto mensual que implica en cuanto a mantenimiento y línea fija”, dijo y agregó que “no existe ninguna ley emanada del Congreso de la Nación que obligue a los comerciantes a instalarlo y, fundamentalmente, tampoco existe ninguna que sancione a los comerciantes que no lo tengan”.
Con esta iniciativa Maldonado denunció “los operativos de control y procedimientos que está realizando la AFIP en muchas poblaciones del noreste argentino, donde los pequeños y medianos comercios están viviendo una situación de angustia y honda preocupación, que urge reparar desde las más altas autoridades de la conducción económica nacional”.
Además, agregó que “ya se está realizando operativos en el interior, lo cual es un apriete a pequeños comerciantes. Se está exigiendo en base a una resolución general que se basa en una norma emitida en la época de Domingo Cavallo”.
“Obligar a los comerciantes a este sistema es ilegítimo y no deja de ser un negocio privado de los bancos”, indicó.
“Por otra parte, la AFIP no tiene facultades para sancionar a los comerciantes por la falta de utilización del Posnet. Con su afán recaudatorio no hace más que perjudicar pequeños comercios o negocios, cuya escala de ventas hace mucho más onerosos los costos fijos con la utilización de posnet”, finalizó Maldonado.

Cómo defenderse ante la avanzada de la AFIP
Tal como adelantó iProfesional, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), puso a disposición de los dueños de los negocios un instructivo con un modelo de descargo.
En primer término, el instructivo advierte a los comerciantes que deberán dejar textualmente asentado en las actas de constatacion que “la falta del medio electrónico de pago para tarjetas no constituye una infracción en los términos del artículo 39 de la Ley de Procedimiento Fiscal”.
Asimismo, el titular del negocio debe dejar constancia en el acta que “la AFIP no posee facultades para sancionar a este comercio por la falta de pago para tarjetas de débito”.
En tanto, el titular del comercio sólo debe firmar el acta de constatación si se incluyen las frases antes mencionadas. Caso contrario, se debe negar a hacerlo.
Acceda desde aqui al texto completo del instructivo puesto a disposición por la CAME.
A partir de la fecha de suscripción del acta comenzará a correr el plazo para la presentación del respectivo descargo.
Según especifica la CAME en el instructivo, “es preferible presentar la defensa ante el Jefe de Distrito correspondiente dentro de los cinco días de recibida la notificación que ordena la instrucción del sumario”.
Esto se debe, de acuerdo con la entidad, a que “si bien algunas actas pueden fijar un plazo de quince días para presentar la defensa, una de las normas invocadas por la AFIP fija en realidad un plazo de cinco días para la presentación de defensas por infracciones a la Ley de Procedimiento Fiscal”.
Ante tal escenario, desde la CAME también brindan un modelo de descargo frente a las inspecciones realizadas por el organismo de recaudación.
Como argumentos centrales, el descargo destaca que “es el Congreso de la Nación el órgano al cual la Constitución Nacional facultó para dictar leyes que regulen el comercio y el único órgano facultado para dictar leyes de carácter penal”.
De acuerdo con esta atribución constitucional, es el Parlamento “el encargado de establecer la obligatoriedad por parte de los comerciantes de instalar como medio de pago el sistema de terminal electrónica posnet y también el encargado de disponer sanciones en caso de incumplimiento de esa pretendida obligación”, agrega el descargo.
Sin embargo, desde CAME hacen especial hincapié en que no existe ninguna ley que obligue a instalar el sistema y, fundamentalmente, tampoco ninguna norma que “sancione a los comerciantes que no tengan instalado ese sistema de pagos”.

Fuente: texto y foto publicados por IProfesional.com (12/6/2015)

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