Ponemos a disposición la parte pertinente del proyecto de ley de presupuesto que contiene modificaciones impositivas. Señalamos que el mismo ha sido presentado por el Poder Ejecutivo Nacional para su tratamiento en el Congreso de la Nación.
Destacamos los principales temas abordados:
DERECHOS DE EXPORTACIÓN
Se establece la posibilidad, hasta el 31/12/2020, de que el Poder Ejecutivo Nacional fije derechos de exportación con una alícuota de hasta el 33% del valor de los bienes.
GANANCIAS
* Las cooperativas y mutuales dejan de estar exentas por las actividades de ahorro de crédito o financieras de seguros o reaseguros. Conservarán la exención las ART mutual y las que actúen como caja de previsión social para sus asociados.
* Para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados, dejan de ser aplicables las exenciones dispuestas por otras normas distintas a la ley de impuesto a las ganancias referidas a gastos de representación, viáticos, movilidad, bonificación especial, dedicación especial, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo y cualquier otro concepto similar.
SECRETO FISCAL
Se amplían los casos en los que no rige el secreto fiscal para:
* los casos de remisión de información al exterior en el marco de los Acuerdos de Cooperación Internacionales celebrados por la AFIP con otras Administraciones Tributarias del exterior;
* la ANSeS por informaciones relacionadas con la prevención y fiscalización en el fraude por otorgamiento de prestaciones o subsidios que otorgue el citado Organismo.
BIENES PERSONALES
La valuación de automotores, motovehículos, maquinaria agrícola, vial e industrial ya no será elaborada por la AFIP y será tomada del valor indicado en la tabla de referencia que elabora la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios a los fines del cálculo de los aranceles por la transferencia e inscripción de dichos bienes.
VIVIENDAS SOCIALES
Se exime del impuesto al valor agregado a los trabajos destinados a la construcción de viviendas sociales, estableciendo la posibilidad de que los créditos fiscales originados por la construcción de dichos bienes puedan ser acreditados contra otros impuestos.
UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO
Se prorroga hasta el 15/9/2019 el plazo para que el Poder Ejecutivo Nacional remita al Congreso el proyecto de ley de creación de la unidad de medida homogénea (UVT) para determinar importes fijos, impuestos mínimos, escalas y otros valores contemplados en las leyes tributarias cuya recaudación está a cargo de la AFIP.
Fuente: Errepar