Procedimiento Fiscal: proyecto de ley para establecer los plazos que tiene la AFIP para fijar los vencimientos

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Se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto que propone modificar el artículo 11 de la ley de procedimientos fiscales para que la AFIP tenga que fijar las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias, con una antelación mínima de 60 días hábiles al cronograma general de vencimientos, para aquellos tributos anuales y de 30 días hábiles para los mensuales.

En ambos casos, los plazos se deberán considerar a partir de la puesta a disposición de los sistemas informáticos.

El proyecto propone que, en todos los casos, el ente recaudador deberá poner a disposición de los contribuyentes y/o responsables los sistemas informáticos, aplicaciones o cualquier otra herramienta que a futuro se establezca para formalizar la determinación e ingreso de los tributos en condiciones adecuadas de funcionamiento con una antelación mínima de 60 días hábiles al cronograma general de vencimientos para el caso de tributos de liquidación anual y 30 días hábiles para tributos de liquidación mensual.

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Estas disposiciones también resultan de aplicación para las declaraciones juradas de carácter informativo.

En los fundamentos, se expone que se considera necesario que se modifique la ley de procedimiento fiscales a efectos de brindar certidumbre y seguridad, a los contribuyentes y a los profesionales de las ciencias económicas, para cumplir las obligaciones tributarias en forma y en tiempo oportuno y razonable.

Para ello, corresponde que la entidad fije las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias brindando una antelación mínima de 60 días hábiles al cronograma general de vencimientos para el caso de tributos de liquidación anual y 30 días hábiles para tributos de liquidación mensual, desde la puesta a disposición de los sistemas web desarrollados por la AFIP.


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