Prórroga de la presentación de DDJJ de Ganancias y Bienes Personales 2017

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La AFIP prorrogó la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales por 30 días corridos, manteniendo la fecha original de vencimiento para el pago del impuesto.

Las nuevas fechas de vencimiento para las presentaciones de las declaraciones juradas de ambos impuestos serán entre los días 11 y 13 de julio, según la terminación de la CUIT. Con relación al pago de los impuestos, se mantienen las fechas originales, entre el 12 y el 14 de junio de 2018.

Por otra parte, se aclara que el “miniplan” estará disponible únicamente para aquellos contribuyentes que hayan presentado su declaración jurada hasta el 30/6/2018.

Señalamos que las presentes disposiciones serán materializadas a través de una resolución general que se publicará en los próximos días, en la que se espera que se aclare la forma de acceder al “miniplan” para aquellos sujetos que presentan la declaración jurada hasta el 30/6/2018.

A continuación el texto publicado por la AFIP:

SE PRORROGA LA DECLARACION JURADA DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES POR 30 DÍAS

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso prorrogar por 30 días corridos la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias para personas físicas, que vencían originalmente entre el 11 y el 13 de junio. Por lo tanto, las nuevas fechas para las presentaciones de ambos impuestos serán 11, 12 y 13 de julio, según la terminación de la CUIT del contribuyente.

El organismo tributario aclara que el pago de ambos impuestos no se prorroga, debiéndose determinar e ingresar los montos correspondientes hasta el 12, 13 y 14 de junio, según corresponda.

Por otro lado, la AFIP precisa que el “miniplan” estará disponible solamente para aquellos contribuyentes que hayan presentado su declaración jurada hasta el 30 de junio.

La modificación será oficializada a través de una resolución general del organismo que se publicará en el Boletín Oficial en los próximos días.

 

Acceda al documento emitido por la AFIP.

 

Fuente: Editorial Errepar