
La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires unifica y ordena la normativa vinculada con el régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias (SIRCREB).
El régimen unificado aplicará a los contribuyentes del impuesto, tanto locales como sujetos a las normas del Convenio Multilateral, excepto para los comprendidos en la categoría de régimen simplificado.
Señalamos que los agentes de recaudación del régimen deberán consultar mensualmente en la página de la AGIP la alícuota aplicable a cada contribuyente, la que se graduará entre el 0,01% y el 5%.
RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 211/2020
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