Hasta los días 21, 22 y 25 de abril de 2016 inclusive -de acuerdo al detalle que se adjunta-, se prorroga el plazo para la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2015, respecto de las personas físicas y sucesiones indivisas que deban presentar la declaración jurada durante el mes de abril.
Terminación CUIT |
Fecha de presentación | Fecha de pago |
0, 1 y 2 | Hasta el día 21, inclusive | Hasta el día 22, inclusive |
3, 4 y 5 | Hasta el día 22, inclusive | Hasta el día 25, inclusive |
6, 7, 8 y 9 | Hasta el día 25, inclusive |
Hasta el día 26, inclusive |
Recordamos que en los casos en que el contribuyente opte por el plan de pago dispuesto por la resolución general (AFIP) 984, debe ingresar la primera cuota el mismo día de la presentación de la declaración jurada respectiva.
Fuente: Editorial Errepar