El Ministerio de Trabajo presentará la reforma laboral en la legislatura, aunque lo haría a través de proyectos separados.
El primero de los proyectos que se acercará al Congreso los primeros días de mayo será el de Blanqueo Laboral y que tiene como principal objetivo la formalización de las relaciones laborales.
Se trata de la “Regularización de las relaciones laborales”, que se encontraba incorporado en el proyecto original de reforma laboral presentado a fines del año 2017.
Recordamos que este proyecto tiene las siguientes características:
a) Condonación de la deuda por capital e intereses, cuando tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, excepto obra social:
– 100% de condonación cuando la regularización se formalice dentro de los 180 días de entrada en vigencia de la reglamentación.
– 70% de condonación cuando la regularización se formalice luego de los 180 días de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta el plazo en el que venza la posibilidad de adherirse a este régimen.
b) Extinción de la acción penal del régimen penal tributario (L. 24769).
c) Liberación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza -firmes o no, siempre que se encuentren impagas o incumplidas- correspondiente a la regularización prevista en las siguientes normas:
– Ley 11683 de procedimiento fiscal.
– Ley 17250 de fiscalización del régimen jubilatorio.
– Ley 22161 de sanciones por incumplimiento al régimen de asignaciones familiares.
– Ley 24557 de riesgos del trabajo.
– Ley 24769 respecto a los recursos de la seguridad social.
– Ley 25212 de infracciones laborales.
d) Baja del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) previsto en la ley 26940.
Fuente: Editorial Errepar