Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a través de la resolución 824/2021 (BO: 17/12/2021), estableció que el plazo para la inscripción al “REPRO II” y al “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos”, para el período diciembre de 2021, estará comprendido entre el 22 al 28 de Diciembre inclusive.
Criterios de preselección REPRO II
Por otra parte, la cartera laboral determinó los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II, de acuerdo al siguiente detalle:
a. Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP): Noviembre de 2019 y Noviembre de 2021.
b. Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
c. Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Noviembre 2021.
d. Corte de actualización de bajas de nómina: 20 de Diciembre inclusive.
e. Corte de actualización CBU: 20 de Diciembre inclusive.
Criterios de preselección de “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”
De igual manera, el art. 5 de la resolución (MTESS) 824//2021, fijó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto del programa de asistencia para sectores críticos, a saber:
a. Presentar una reducción de la facturación superior 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre Noviembre 2019 y Noviembre 2021.
b. Periodo de referencia de pagos a acreditar:
– Autónomos: de 04/2021 hasta 10/2021
– Monotributo: de 5/2021 hasta 11/2021
c. Corte de pago Monotributistas: Pagos hasta el 20 de Diciembre inclusive.
Monto y plazo del beneficio
Recordamos que pueden solicitar el beneficio del REPRO II las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I y el Anexo II de la Resolución 752/2021.
El monto de la asistencia es variable de acuerdo a cada sector:
Sector | Monto hasta: |
No crítico | $ 9.000 |
Crítico | $ 22.000 |
Salud | $ 22.000 |
Vale señalar, que el beneficio se extenderá por un mes. Los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder al mismo.