REPRO II: ¿cuáles son las condiciones para acceder al beneficio de julio?

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante la resolución 462/2021 (BO: 10/8/2021), definió los parámetros y condiciones de preselección para los programas REPRO II y Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, para el mes de julio de 2021.

Jorge Daniel Saini – Departamento de Contenidos, Laboral

En tal sentido, a través del acta N° 9, el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” señala que a pesar de verificarse una clara mejora en las condiciones económicas y laborales con respecto al mes anterior, se recomienda para julio mantener la mayoría de los parámetros de la fase de selección definidos en junio. Las modificaciones propuestas se concentran en los indicadores de facturación, IVA Compras e importaciones.

En consecuencia, tomando como referencia la inflación acumulada entre junio de 2019 y junio de 2021, para que una empresa cumpla con el indicador de facturación debería declarar una variación de la facturación inferior al 72% en caso de pertenecer a los sectores críticos y no críticos, y 114% en caso de encuadrarse en el sector salud.

El Comité entiende que, a partir de julio, el indicador IVA Compras debería cumplirse obligatoriamente para las empresas pertenecientes a los sectores críticos y no críticos. Esta propuesta se orienta a requerir mayor consistencia a la información declarada por los empleadores en el marco del Programa.

En función de este cambio y con el fin de ampliar el margen para cubrir ciertos desfasajes temporales entre la facturación y el IVA Compras, la variación exigida  de este último deberá ser inferior al 114%, es decir que no presente un crecimiento en términos reales.

Finalmente, para mantener el número de indicadores de cumplimiento obligatorio (3 indicadores), el Comité entiende que debería suspenderse por este mes, la obligatoriedad de cumplir con el indicador de importaciones.

REPRO II: parámetros y condiciones

Mediante la resolución (MTESS) 462/2021, se establece que el las variaciones porcentuales de la facturación nominal aplicables como criterio de preselección para el Programa REPRO II del mes de julio de 2021, considerando como referencia la variación en términos reales, sean las expuestas en la siguiente tabla:

Asimismo, los parámetros definidos para los indicadores que integran en conjunto los criterios de selección al programa REPRO II correspondiente al mes de julio de 2021, deberían alcanzar los valores planteados en el cuadro siguiente:

De acuerdo a los parámetros presentados, los empleadores deben cumplir con las siguientes condiciones, según el sector de actividad al que pertenezcan:

* Sectores críticos y afectados no críticos: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores:

– Variación de la facturación.

– Variación del IVA Compras.

– Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.

* Sector salud: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores:

– Variación de la facturación.

– Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.

* Las empresas con más 15 trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.

Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos

Para el caso del “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos”, correspondiente al mes de julio de 2021, la variación de la facturación deberá ajustarse a los siguientes valores:

Para acceder al beneficio del este Programa de Asistencia , los trabajadores independientes deben cumplir con las siguientes condiciones:

* Trabajador no empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación.

* Trabajador empleador: cumplimiento de los criterios de preselección y selección del Programa REPRO II.

Resolución (MTESS) 462/2021