Últimamente el Gobierno de Uruguay comenzó un ajuste de la política de estímulo a la inversión, flexibilizando los requisitos para el otorgamiento de la residencia fiscal para todas las personas extranjeras -dueñas de grandes patrimonios- que deseen radicarse en el país.
En este sentido, las autoridades uruguayas definieron los siguientes criterios:
- Personas físicas extranjeras: quienes quieran obtener la residencia fiscal en Uruguay deberán realizar una inversión en bienes inmuebles por un valor superior a USD 380.000 y cumplir con el criterio de permanencia que podría verse reducido a menos de 183 días durante el año civil en territorio uruguayo.
- Inversión empresarial: se otorgará la residencia fiscal en Uruguay al accionista o socio que realice una inversión directa o indirectamente en una empresa por un valor superior a USD 1.625.000.
Asimismo, se envió al Parlamento un proyecto de ley mediante el cual se propone extender el denominado “Tax Holiday” de cinco a diez años, que deja por fuera del impuesto solamente a las rentas pasivas del exterior (intereses, rendimientos y dividendos por tenencia de activos en el exterior).
Ante la presentación de una cantidad poco habitual de trámites de renuncia a la residencia fiscal argentina, a consecuencia del proyecto de ley del impuesto extraordinario que abarcará a un sector de la población y las mayores alícuotas en el impuesto sobre los bienes personales que trajo la reforma tributaria, la AFIP prevé inspecciones específicas destinadas a corroborar la veracidad de dichos trámites, sospechando que son maniobras destinadas a eludir la presión fiscal.
Recordamos que en el impuesto sobre los bienes personales en la última reforma se produjo un incremento de la alícuota y el agravamiento para quienes poseen bienes en el exterior que no se repatrien, mientras que el proyecto de impuesto a las grandes fortunas prevé aplicar alícuotas que van desde el 2% al 3,5% cuando la suma de los bienes de los titulares al 31/12/2019 sea igual o superior a 200 millones de pesos.
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