La Comisión Arbitral de Convenio Multilateral difunde, a través de su página web, que no será necesario la reimpresión de facturas que contengan el actual número de inscripción, ya que en ellas está identificado el número de la CUIT que identifica a los contribuyentes convenientemente.
Fuente: Comisión Arbitral de Convenio Multilateral
Seleccionado por: Editorial Errepar