CM. Sircar. Nuevos sujetos obligados a partir de las operaciones realizadas desde el 1/9/2016

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Convenio multilateral. Sircar. Nuevos sujetos obligados a partir de las operaciones realizadas desde el 1/9/2016 RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Arbitral Convenio Multilateral) 17/2016
BO: 05/10/2016

Se establece una nueva nómina de contribuyentes que se encuentran obligados a utilizar el SIRCAR para las operaciones efectuadas desde el 1/9/2016.

Dichos sujetos deberán efectuar la presentación de las declaraciones juradas determinativas y pago en sede única de las retenciones y percepciones practicadas conforme a los regímenes establecidos por las jurisdicciones adheridas al sistema y en las cuales revistan el carácter de agentes de recaudación.

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Fuente: Editorial Errepar