Se declara por 180 días la emergencia del sector turístico en el territorio de la Provincia de Salta.
Al respecto, se establece que las personas humanas o jurídicas que encuadren en las categorías de micro, pequeñas y medianas empresas, cuya facturación en términos nominales correspondiente al mes de junio de 2020 sea igual o inferior a la del mismo mes del año 2019 y realicen actividades turísticas, gozarán de los siguientes beneficios, entre otros:
– Exención en el pago de los impuestos a las actividades económicas y de sellos hasta la finalización del ejercicio fiscal 2020;
– Diferimiento del pago del 50% del impuesto a las actividades económicas correspondiente al ejercicio fiscal 2021, el que podrá ser abonado en el ejercicio fiscal 2022 en hasta 12 cuotas mensuales sin interés.
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