La AFIP, mediante la resolución general 4808 hoy en el Boletín Oficial, reglamenta el beneficio de la reducción de las contribuciones que se devenguen durante los períodos de agosto, setiembre y octubre de 2020. La medida ya había sido prorrogada en junio y julio.
Recordamos que, en el marco de la pandemia, el decreto 300/ 2020 dispuso que los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, tendrán una reducción de 95% de la alícuota que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) respecto de los profesionales técnicos, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud.
Accedé la Resolución General (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 4808
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