Santa Cruz: Reglamentación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

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A través de la Resolución General (ASIP Santa Cruz) 150/2022, publicado en el Boletín Oficial el 12 de julio de 2022, se reglamenta el régimen simplificado para pequeños contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos -LEY (Santa Cruz) 3486, art. 200 y cc.-.

La mencionada resolución establece que son contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de la provincia de Santa Cruz, aquellos sujetos pasivos que se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo, con domicilio fiscal declarado y/o constituido ante la Administración Federal de Ingresos Públicos en la jurisdicción de la provincia de Santa Cruz y que no revistan la calidad de contribuyentes adheridos al Régimen del Convenio Multilateral.

Verificada su condición de pequeño contribuyente, la Agencia procederá a encuadrarlos o inscribirlos de oficio, según corresponda, a partir del 01 de junio de 2022, como contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la provincia de Santa Cruz, y serán incorporados al “Sistema Único Tributario” creado por la Resolución General Conjunta (AFIP) N° 4263/2018, conforme lo previsto en los artículos 1°, 5° y 10° de la Resolución General Conjunta AFIP-ASIP N° 5196/2022.

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Además, se dispone que a partir de la inclusión del contribuyente en el Régimen Simplificado Provincial deberá comenzar a abonarse el importe fijo establecido por la normativa vigente.

Los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial deberán abonar el importe fijo mensual que en cada caso corresponda dentro de los vencimientos -y sus prórrogas- establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos para el pago de los importes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo -Anexo de la Ley Nacional N° 24.977, sus modificatorias y normas complementarias, o aquella que en el futuro la sustituya-.

La Agencia establecerá la actualización de los importes del impuesto fijo mediante resolución, a los efectos de su adecuación con las modificaciones que surjan del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Ley N° 24.977 y sus modificatorias y las difundirá a través de la página web (www.asip.gob.ar), en virtud de lo establecido en la Ley Impositiva y Código Fiscal.

Los contribuyentes alcanzados por las disposiciones del Régimen Simplificado Provincial quedarán excluidos de los regímenes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vigentes, como así también del régimen de recaudación bancaria SIRCREB.


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