Se dispone la adhesión de la Provincia de Santa Fe al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES- [RG (CA) 7/2017], a partir del 1/1/2018, que deberá ser utilizado por la totalidad del universo de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia.
Asimismo, se adoptan las tablas de correspondencia entre el nuevo nomenclador, el CUACM y el nomenclador de la AFIP -arts. 2 y 3, RG (CA) 7/2017-.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 28/2017
VISTO
El expediente N° 13301-0280863-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes y lo dispuesto por la Resolución General N° 14/2017 – API sobre “Padrón Web Contribuyentes Locales”, y;
CONSIDERANDO
Que la RG N° 14/2017 aprobó la aplicación informática denominada “Padrón Web Contribuyentes Locales”, mediante la cual los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y quienes resulten designados para actuar como Agentes de Retención y/o Percepción del citado tributo, como del Impuesto de Sellos, deberán realizar los trámites de inscripción, modificación de datos y cese de actividad, con vigencia a partir del 27 de marzo de 2017;
Que el artículo 8° de la misma resolución dispuso que no serían pasibles de la multa por infracción a los deberes formales prevista en el inciso c) del Artículo 1° de la Resolución General N° 05/2015 – API, los contribuyentes que actualizasen sus datos hasta el 30 de junio de 2017;
Que la mencionada aplicación informática tiene por objeto la actualización de los datos existentes en la base de datos de la Administración Provincial de Impuestos;
Que, oportunamente, por RG N° 22/2017- API se dispuso la prórroga para realizar la actualización de los datos por parte de los contribuyentes,
Que por RG N° 07/2017 y su modificatoria N° 12/2017 de la Comisión Arbitral se aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES- que entrará en vigencia a partir del día 1° de enero de 2018;
Que por RG N° 28/2017 – API se adopta el NAES para la totalidad del universo de Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de Santa Fe con vigencia a partir del 1° de enero de 2018;
Que en tal sentido, resulta aconsejable extender el plazo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución General N° 14/2017 – API con el objeto de permitir a los contribuyentes y/o responsables establecer la conversión de los códigos de actividades de CUACM en el nuevo nomenclador;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 19, 21 y cc. del Código Fiscal (t.o. 2014 y modificatorias);
Que la Dirección General Técnica y Jurídica de la Administración Provincial de Impuestos ha emitido Dictamen N° 512/2017 de fs. 10, no advirtiendo objeciones que formular;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS
RESUELVE
Art. 1 – Modifícase el artículo 8 de la resolución general (API) 14/2017, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 8 – Los contribuyentes que actualicen hasta el 28 de febrero de 2018, la información existente en las bases de datos de la Administración Provincial de Impuestos, a través de las opciones detalladas en el ítem Modificaciones del Padrón web contribuyentes locales, no serán pasibles de la multa por infracción a los deberes formales, contemplada en el inciso c) del artículo 1 de la resolución general 5/2015.”
Art. 2 – De forma.
Fuente: Editorial Errepar