Recordamos que el empleador tiene la obligación de indicar a sus dependientes el día del mes hasta el cual serán tenidas en cuenta las novedades informadas por dichos beneficiarios a través del SiRADIG, a efectos de confeccionar las liquidaciones de haberes de dicho mes, conforme lo que establece el artículo 19 de la resolución general (AFIP) 4003-E.
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