Una SRL designa un nuevo socio gerente e ingresa el acta de reunión de socios con las modificaciones ante el Registro Público. Si al momento de firmar el balance el trámite se encuentra pendiente de resolución, ¿corresponde que lo firme el nuevo socio gerente o que lo haga el anterior?
La persona designada gerente es considerada tal desde la fecha de su designación, siendo solo inoponible a terceros hasta tanto se produzca la inscripción en los términos del artículo 60 de la ley general de sociedades. El balance debe ser firmado por quien se encontraba en funciones al momento de su aprobación.
Fuente: Editorial Errepar