El Ministerio de Transporte aprueba el protocolo para la suspensión temporal de las tarjetas del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) en el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto por el Decreto 297/2020.
La citada medida regirá en el AMBA y será de aplicación para todas las tarjetas, nominalizadas o no, que registren usos en el transporte público de pasajeros interjurisdiccional en los casos que la misma no esté asociada a un certificado de circulación o documentación que acredite que se encuentra exceptuado para circular y que haya sido utilizada para realizar viajes en trenes, colectivos o subtes durante al menos dos días consecutivos. En tal caso, dicha tarjeta será suspendida por el término de 7 días corridos, a contar a partir de la fecha de su último uso.
Accedé a la RESOLUCIÓN (Min. Transporte) 197/2020