Entidades Financieras. Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales. Caja de Ahorro para el pago de planes o programas de ayuda social. Adecuación.
El Banco Central de la República Argentina, a través de la Comunicación “A” 5960, de fecha 29/4/2016, informa a las entidades financieras que se acreditarán los beneficios correspondientes a la asignación universal por hijo para protección social (D. 1602/2009), a las asignaciones familiares (art. 7, D. 614/2013) -cuando la/el beneficiaria/o no cuente con una cuenta sueldo/de la seguridad social abierta- o a planes o programas de ayuda social implementados por el Gobierno Nacional y otras jurisdicciones (arts. 3 y 4, L. 26704), reintegros fiscales, promociones de la entidad financiera y otros conceptos derivados del mismo beneficio o pago, en pesos.