Jueves y Viernes Santo: tratamiento en materia laboral
El Jueves Santo es un día no laborable. El empleador decide si ese día los trabajadores prestan tareas o no. En cambio, el Viernes Santo es feriado.
El Jueves Santo es un día no laborable. El empleador decide si ese día los trabajadores prestan tareas o no. En cambio, el Viernes Santo es feriado.
La ley 27399 es la que detalla los feriados -fijos y trasladables- y días no laborables por conmemoraciones patrias y celebraciones religiosas:
Según lo determina el artículo 2 de la ley 27399 se establecen “como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días”.
Enterate cuáles son los feriados y días no laborales del 2020