CABA: reglamentación de la excepción en el pago del impuesto inmobiliario y de ABL a los locales afectados por la pandemia

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires establece el modo, los plazos y las condiciones requeridas para acceder a la excepción del pago de las cuotas mensuales del impuesto inmobiliario y de ABL, de los meses de junio y julio de 2020, a los locales comerciales que desarrollen actividades de ventas de bienes muebles y prestaciones de servicios no exceptuadas del aislamiento social preventivo y obligatorio -L. (Bs. As. cdad.) 6315-.

La CABA exceptúa del pago de inmobiliario y ABL a los locales afectados por la pandemia

En el día de ayer se presentó en la legislatura porteña un proyecto de ley que prevé exceptuar del pago de las cuotas mensuales del impuesto inmobiliario y ABL de los meses de junio y julio de 2020, a los locales comerciales que desarrollen actividades de venta de bienes muebles y prestaciones de servicios no exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.