Trabajadores en relación de dependencia: se extiende el plazo para realizar la liquidación anual por parte del empleador del período fiscal 2019
Se extiende excepcionalmente hasta el 3/7/2020 el plazo para que los empleadores que actúan como agentes de retención efectúen la liquidación anual correspondiente al año 2019, debiendo retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido cuando se efectúe el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/8/2020, inclusive.