Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo: ¿cuáles son los cambios desde septiembre?
Se modifica el Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo desde el mes de septiembre de 2022.
Se modifica el Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo desde el mes de septiembre de 2022.
El Doctor Daniel Pérez analiza las implicancias de la Decisión Administrativa 1133/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministro, que fija las nuevas características que tendrán los beneficios del Programa ATP y las condiciones de admisibilidad para que los empleadores puedan acceder a los mismos.
La AFIP comunica que todas las empresas que quieran gozar los beneficios del programa deberán registrarse, cuyo plazo vence el próximo 21 de mayo, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado.
Los empleadores podrán acceder al servicio “web” del Programa de Asistencia al Trabajo (ATP) desde el 14 hasta el 21 de mayo, inclusive, a los efectos de obtener, de así corresponder, los beneficios de:
La Secretaría de Comercio Interior, a través de la resolución 130/2020, publicada en el boletín oficial del día de hoy, realiza aclaraciones a la normativa sobre el programa “Ahora 12” respecto a las empresas que provean un sistema de pagos en línea, mediante la compra venta y/o adquisición de bienes servicios de manera online, ante los reclamos de las agrupadores de pago digital de no contar con la información del producto y/o servicio que se vende en la plataforma para verificar el cumplimiento del programa.
El doctor Daniel Pérez, describe las características más salientes de la Decisión Administrativa (JGM) 721/2020 que incorpora nuevas actividades y realiza aclaraciones sobre el salario complementario y la información que solicita la AFIP sobre la facturación para acceder a los beneficios.
La ANSeS puso en línea un servicio que permite, con solo ingresar el número de la CUIL del beneficiario, consultar la fecha en que el organismo deposita el monto del “Salario Complementario” en la CBU.
La AFIP publicó el listado completo y actualizado de las actividades alcanzadas por el beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
El ente recaudador informa el monto de la asignación que será abonado, a través de la ANSeS, en la CBU de cada dependiente de la empresa que haya accedido al beneficio.
Se aprueban el Acta N° 5 y 6 del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, destacándose las siguientes disposiciones: