Impuesto sobre los bienes personales: Una consulta frecuente sobre créditos a cobrar al cierre que no se declaran en el impuesto a las ganancias
Aquellos créditos que no se declaran al cierre en el impuesto a las ganancias por tratarse de rentas que tributan por lo percibido, por ejemplo, honorarios a cobrar (renta de cuarta), alquileres a cobrar de bienes muebles (renta de segunda), sueldo neto a cobrar (renta de cuarta), ¿constituyen un crédito en el impuesto sobre los bienes personales al 31 de diciembre?