Transporte de larga distancia: se habilita para actividades autorizadas no esenciales
La Jefatura de Gabinete de Ministros, a través de la Decisión Administrativa 2057, publicada en el Boletín Oficial el 17 de noviembre, habilita la utilización del servicio público de transporte de pasajeros, terrestre, ferroviario o aéreo, en todos los casos exclusivamente de larga distancia, a las personas afectadas a actividades autorizadas no esenciales.