Términos y Condiciones Concurso “Creciendo Juntos”

por
  1. Organizador

Ámbito Geográfico – Plazo de Vigencia: La participación en el presente concurso (el “Concurso”), organizado por Errepar S.A., con C.U.I.T. número 30-58262294-5 y domicilio en Viamonte 1484, PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”), es sin obligación de compra, válido exclusivamente en el ámbito geográfico de la República Argentina; desde las 10:00 horas del día 20 de julio de 2015 hasta las 22.00 horas del día 20 de julio de 2015 (el “Plazo de Vigencia”).

  1. Participantes

Pueden participar del Concurso exclusivamente estudiantes universitarios de Ciencias Económicas y profesionales de Ciencias Económicas, mayores de 18 años de edad y con domicilio en la República Argentina que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en estas bases (las “Bases”) y que sean “fan” de la página  www.facebook.com/errepar. En ningún caso podrán participar del Concurso los directivos y empleados del Organizador, de las empresas que intervienen y/o están vinculadas al Concurso, y/o empresas vinculadas con cualquiera de las anteriores y, los auditores, los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de ellas dentro de los 180 días anteriores al comienzo del Plazo de Vigencia del Concurso y en todos los casos sus parientes por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado inclusive y sus cónyuges.

  1. Mecanismo de participación sin obligación de compra

El mecanismo de participación en el Concurso es el siguiente:

3.1. Durante el Plazo de Vigencia el Organizador subirá un mensaje en su “fanpage” www.facebook.com/errepar que se mantendrá activo hasta la finalización del Plazo de Vigencia con la descripción de la consigna para participar del Concurso: “Contános cómo te acompañó Errepar en tu profesión junto al Hashtag #Errepar35Años”

3.2. Serán considerados participantes del Concurso aquellas personas que sean “fan” de de Errepar en Facebook y que se registren en el mismo. Se considera “fan” de Errepar aquel que hubiera hecho clic en el botón “Me gusta” de la página www.facebook.com/errepar.

Asimismo, para registrarse como participante, deberá presionar “Me gusta” y “Compartir” en la publicación, y  luego colocar su “Comentario” describiendo su historia.

Las historias redactadas no deberán ser ofensivas, discriminatorias, no deberán utilizar lenguaje grosero ni deben atentar contra la moral ni las buenas costumbres

3.3. Los usuarios sólo podrán participar del Concurso a través de una sola y única cuenta de usuario de Facebook. Quienes participen del Concurso a través de más de una cuenta de usuario de Facebook quedarán descalificados.

3.4. Selección de ganadores: El Concurso se cerrará el lunes 20 de julio de 2015 a las 22:00hs. El día 21 de julio de 2015, a las 10:00hs. se comunicará el  El Organizador con el ganador. El Organizador se reserva el derecho a modificar la fecha y hora de la comunicación, informando dicha circunstancia por el mismo medio de difusión del Concurso.

  1. Selección del ganador: El miembro que haya escrito su historia, haya recibido mayor cantidad de votos por parte de los fans de la página de Errepar en Facebook (www.facebook.com/errepar) y haya cumplido el resto de los requisitos de las presentes bases, se hará acreedor del premio indicado en estas bases.

Para votar las historias, los fans de Errepar deberán presionar “Me gusta” sobre el “Comentario” que contiene la historia favorita. Los fans de Errepar podrán votar sólo una vez por historia.

En caso que hubiere más de una persona con la misma cantidad de votos, se procederá al desempate. Los participantes con la mayor cantidad de votos que estuvieran empatados, deberán publicar una anécdota nueva durante el 21 de julio de 2015, a las 22hs. de este día se cerrará el desempate observando cual participante obtuvo la mayor cantidad de votos. En este caso, El Organizador se comunicará fehacientemente con el Ganador el 21 de julio de 2015, informando del premio.

En caso que el ganador no cumpla con los requisitos, no se lo pudiera contactar o no reclame su premio conforme se indica en las presentes Bases será reemplazado por el ganador siguiente, el que obtuvo la siguiente mayor cantidad de votos, y así sucesivamente hasta dar con un ganador. Si al 31/7/2015 no hay un ganador por las razones explicadas al comenzar el presente párrafo, el premio quedará a disposición de El Organizador.

  1. Premio

5.1. El premio para el ganador del Concurso consiste en una unidad de “BigBox Bienestar Relax”, que consiste en un catálogo papel donde tendrá la posibilidad de elegir entre varios lugares que ofrecen sesiones de masajes y tratamientos corporales en una selección de los mejores spas de Argentina. Una vez seleccionado el lugar, la persona deberá activar vía la web www.bigbox.com el código del BigBox que figura dentro del catálogo y a partir de allí podrá elegir y reservar la experiencia seleccionada. Para ver los términos y condiciones de BigBox puede ingresar a:  http://www.bigbox.com.ar/terminos-y-condiciones/

5.2 Los traslados al resto del país no están incluidos.

5.3. El premio es intransferible y podrá ser utilizado exclusivamente por el ganador. El Premio no es sustituible, canjeable por dinero, bienes, productos ni servicios, ni podrá ser cedido a terceros.

El Organizador no será responsable ni estará obligado a reconocer indemnización alguna si, por cualquier motivo ajeno al Organizador, el ganador no pudiera gozar del Premio, en su totalidad o en parte.

5.4. El ganador, será responsables por cualquier otro gasto, impuesto y/o tasa no incluido expresamente en estas Bases como a cargo del Organizador. Todos los costos, gastos, impuestos y/o tasas no mencionados como incluidos se entienden expresamente excluidos, sin que los mismos sean responsabilidad del Organizador.

5.5. El Organizador se reserva el derecho de sustituir el premio por uno de igual o mayor valor en el caso que, por circunstancias ajenas a la voluntad del Organizador, el premio no pueda ser proporcionado o gozado por los ganadores.

5.6. Comunicación y entrega de Premios al ganador: El día 21 de julio de 2015 el potencial ganador será contactado por el Organizador telefónicamente o vía e-mail (de acuerdo a los datos que la persona haya proporcionado en el concurso). Asimismo el nombre del ganador y su historia serán dadas a conocer en las redes sociales Facebook y Twitter a través de las cuentas Editorial Errepar y @errepar respectivamente.

El potencial ganador titular deberá presentar la siguiente documentación vía e-mail o en forma personal en Viamonte 1484, Capital Federal, hasta el 30 de julio con fotocopia de su DNI. Si el envío de la documentación la realiza por e-mail, solo se juzgará cumplido si fuera recibido el mismo en el mail [email protected]

En caso de que el ganador no haya presentado la documentación pertinente o no cumpla con los requisitos se procederá en forma automática a notificar al potencial ganador con la siguiente mayor cantidad de votos conforme se indica en estas Bases, quien podrá confirmarse como ganador mediante la notificación de sus datos en la forma indicada precedentemente, a más tardar el día 30 de julio de 2015 a las 11:00hs.

La entrega del premio se realizará en forma personal al ganador del concurso en las oficinas del Organizador en Viamonte 1484, Capital Federal. Para retirar su premio el ganador deberá presentarse personalmente junto con la documentación (en original) enviada anteriormente la cual será verificada por personal de la Organización. En caso de encontrar irregularidades en la documentación entregada por el ganador no se procederá a la entrega del premio. Se consideran irregularidades en la documentación aquella que estuviera incompleta o con signos evidentes de adulteración.

  1. Autorización

La participación en el Concurso implica el consentimiento y autorización de los participantes a favor del Organizador para: (i) registrar la imagen y voz de los participantes, durante el Concurso y en las instancias previas y posteriores al mismo, por cualquier medio que consideren adecuado – incluyendo filmaciones y fotografías, y a utilizar la imagen de los ganadores –incluyendo fotografías, filmaciones, grabaciones de voz, sonidos, conversaciones y/o testimonios – y a utilizarlas para su difusión o uso con fines publicitarios por cualquier medio existente a la fecha o a crearse en el futuro, incluyendo medios digitales o electrónicos, sin derecho a compensación alguna. (ii) difundir los datos personales de los participantes, en relación con el Concurso, reconociendo que el material que se obtenga será de propiedad exclusiva del Organizador, quienes podrán utilizarlo en el futuro sin restricción de tiempo e incluso cederlo a terceros, sin que ello genere una obligación de solicitar autorización adicional o de pagar suma alguna; y (iii) utilizar el vídeo, nombre, fotografía, grabación de voz, etc. del participante ganador con fines publicitarios e informativos durante el Concurso y todos los futuros concursos, promociones o publicidades.

El ganador y su acompañante suscribirán una declaración jurada de idoneidad – Exención de responsabilidad – Consentimiento de uso – Formulario de aceptación del premio – Consentimiento para publicidad y divulgación de imagen y datos personales (excepto cuando lo prohíba la ley) y otras autorizaciones que, a criterio razonable del Organizador, sean necesarios con relación al uso por parte del Organizador de los datos e imagen de los ganadores.

Los premios no podrán ser canjeados ni sustituidos por otros bienes distintos a los indicados en estas Bases, ni por su valor en efectivo. Los premios serán intransferibles y únicamente serán entregados a los ganadores en los términos de las presentes Bases. En caso que algún premio no fuera adjudicado o entregado al ganador, por cualquiera de las razones establecidas en las presentes Bases (incluyendo sin limitación, descalificación del Participante, falta de retiro del premio en el tiempo y forma indicado en las Bases, etc.), el mismo quedará en poder del Organizador. 

  1. Responsabilidad

La responsabilidad del Organizador se limita a la entrega de los premios en las condiciones establecidas en las presentes Bases. El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los participantes o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en el presente Concurso y/o por la utilización o consumo de los premios adquiridos, ni por fallas en la red telefónica y/o internet, ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Concurso.

  1. Facultades del Organizador

El Organizador podrá: (i) ampliar la nómina de Premios establecida en estas Bases o reemplazarlos por otros de iguales valores; (ii) modificar las fechas de comienzo y finalización del Concurso; (iii) modificar estas Bases; y (iv) cancelar, suspender o modificar este Concurso cuando circunstancias no imputables al Organizador y no previstas en estas bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen. Toda modificación a los términos y condiciones establecidos en estas Bases serán comunicadas al público en general mediante el mismo medio de difusión de las Bases de este Concurso.

La participación en el Concurso implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión prevista o no prevista en ellas, y que serán adoptadas conforme a derecho. Asimismo, el sólo hecho de participar en el Concurso, implica la autorización de los participantes al Organizador a publicar sus datos personales por los medios y formas de comunicación que el Organizador crea conveniente, a su exclusivo criterio y dentro de los límites impuestos por la legislación vigente, para fines promocionales, sin derecho a compensación alguna. Los participantes también autorizan al Organizador a tratar sus datos personales a fin de establecer perfiles determinados con fines promocionales, comerciales o publicitarios; o para establecer hábitos de consumo. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

El Organizador y sus empresas vinculadas se comprometen a mantener una estricta confidencialidad de los datos personales de los participantes, y –dadas las condiciones de seguridad que ofrece hoy Internet-, no será responsable por la eventual difusión de los mismos que efectúen personas ajenas al Organizador, ni será responsable por eventuales daños y perjuicios que los participantes pudieran invocar.

Toda decisión adoptada por el organizador es irrecurrible e inapelable.

Se hace constar que para participar o ser ganador en el presente concurso no tiene ninguna incidencia el Azar, resultando la selección del ganador de la votación descripta en el punto 4 de estas bases.

  1. Difusión: El presente concurso tendrá difusión a través de: páginas de redes sociales del Organizador: www.facebook.com/errepar, www.twitter.com/errepar, e-mail y banner en sitio web oficial www.errepar.com.
  1. Jurisdicción

Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de este Concurso serán de aplicación las leyes vigentes en la República Argentina y los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios en lo Civil con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.