Otorgarán $11.000 no remunerativos durante 5 meses a trabajadores de unidades productivas autogestionadas

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A través de la Resolución 673/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Secretaría de Empleo oficializó el otorgamiento de una ayuda económica no remunerativa extraordinaria de $11.000 para los socios trabajadores y socias trabajadoras de unidades productivas autogestionadas incluidos en el Programa Trabajo Autogestionado, por el término de 5 meses.

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El mencionado Programa está dirigido a unidades productivas autogestionadas que provengan de procesos de recuperación de empresas, o las que fueran generadas directamente por iniciativa de trabajadores.

Entre otros puntos, la resolución establece que el beneficio será operativo a partir de la primera liquidación disponible desde el dictado de esta resolución.

Por otro lado, señala que “las ayudas económicas no remunerativas, dado su carácter extraordinario, serán compatibles y podrán ser acumuladas con la percepción en el mismo periodo de las asistencias económicas de emergencia”.

Y puntualiza que su liquidación conllevará para sus destinatarios la suspensión de las ayudas económicas regulares otorgadas en el marco de la “Línea I – Ayuda económica individual” del Programa, las cuales se reanudarán a su término.

Además, agrega que se realizarán las gestiones operativas necesarias en el sistema informático de gestión de la Secretaría de Empleo para la liquidación de las ayudas económicas y para la verificación del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad de su población destinataria.

La resolución también indica que la Subsecretaría de Promoción del Empleo estará facultada para dictar las normas aclaratorias, complementarias y de aplicación que resulten necesarias para el mejor cumplimiento del objeto de la Resolución.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo justifica esta ayuda económica en que “las medidas de aislamiento y distanciamiento social, conjuntamente con los efectos de la pandemia, produjeron una limitación en la circulación de personas con el consecuente impacto en la economía, afectando a las empresas, a las actividades independientes y al empleo“.

En ese sentido, resalta que el beneficio está orientado a “sostener a las trabajadoras y trabajadores de las unidades productivas participantes, durante la etapa de su conformación, organización y consolidación“.

Dicha conformación, organización y consolidación se vio retrasada a consecuencia de las condiciones económicas, sociales y productivas afectadas por la pandemia“, añade.

A la vez, enfatiza que la “la persistencia de factores que inhiben o restringen las posibilidades de reinstalación, recomposición o de refinanciamiento de las unidades productivas participantes del Programa Trabajo Autogestionado indican necesaria la continuidad de los aportes en concepto de ayudas económicas, orientados al sostenimiento de los puestos de trabajo“.

Las unidades productivas no sólo requieren de la ayuda inmediata para hacer frente a los gastos y afrontar las deudas directas derivadas de su ejercicio mensual, sino que deviene necesario establecer un horizonte que les permita actuar con perspectiva y previsión“, enfatiza la Secretaría de Empleo.

Hay que tener en cuenta que el Programa Trabajo Autogestionado se implementa a través de las siguientes Líneas de asistencia para las unidades productivas autogestionadas:

a) Línea I – Ayuda económica individual;

b) Línea II – Apoyo técnico y económico para la mejora de la capacidad productiva;

c) Línea III – Apoyo técnico y económico para la mejora de la competitividad;

d) Línea IV – Asistencia técnica y capacitación para la mejora de la capacidad de gestión, y

e) Línea V – Asistencia para la higiene y seguridad en el trabajo.

La Línea I prevé la asignación directa y personalizada de una ayuda económica mensual por un plazo de hasta 24 meses, cuando el retorno de excedentes para cada uno sea inferior al monto de un salario mínimo, vital y móvil.