Se efectiviza la bonificación del impuesto integrado de septiembre. Hasta el día de hoy tienen plazo los contribuyentes para abonar las cuotas de enero a agosto para acceder al beneficio.
Se establecen las condiciones para que resulte aplicable la bonificación del impuesto integrado de septiembre de 2019, para los contribuyentes que hayan cumplido con las obligaciones mensuales de los meses de enero a agosto de este año.
En tal sentido se establece que el presente beneficio resulta aplicable a los sujetos que hayan abonado las citadas cuotas del monotributo hasta el día de hoy, o si las hubieran regularizado en un plan de facilidades de pago vigente.
Por otra parte se establece que desde el “Portal Monotributo” se visualizará el importe de la cotización previsonal que corresponderá abonar y se podrá efectuar su ingreso, como así también se establecen precisiones cuando el citado ingreso sea realizado en forma presencial en las entidades autorizadas para su cobro monotributo.
Acceda a la Resolución General (AFIP) 4556