Se dispone la emisión de la primera serie de los Títulos de Deuda para la cancelación de obligaciones de la Provincia de Santa Fe -D. (Santa Fe) 415/2020-.
En ese orden, se establece que los beneficiarios o tenedores legitimados de los Títulos de Deuda que se emitan podrán cancelar las siguientes acreencias tributarias y/o no tributarias que estos mantengan con la Provincia de Santa Fe:
- Cancelación del impuesto sobre los ingresos brutos y del impuesto de sellos adeudados a la Provincia de Santa Fe y/o en proceso de discusión administrativa, excluyendo las obligaciones correspondientes en su carácter de agentes de retención, percepción y/o recaudación, vencidas al 30 de noviembre de 2019;
- Cancelación de multas en carácter de contribuyentes y/o responsables de los impuestos citados;
- Cancelación de demás acreencias no tributarias y/o recursos cuya recaudación se encuentre a cargo de la Administración Provincial de Impuestos vencidas al 31 de diciembre de 2019;
- Planes de facilidades de pago y/o régimen de regularización vinculados a los impuestos citados que los contribuyentes consoliden para la regularización de los mismos, sus accesorios, multas y/u otros recursos, cuya recaudación y/o administración se encuentren a cargo de la Administración Provincial de Impuestos;
- Cancelación de juicios de apremios y/o levantamiento de medidas cautelares, excluyendo los gastos causídicos y/u honorarios respectivos de las partes, vinculados a los impuestos referidos;
- Cancelación del impuesto sobre los ingresos brutos y del impuesto de sellos, a partir de enero de 2021, con un máximo de hasta el 20% de las obligaciones mensuales por contribuyente.