La Provincia del Chaco publicó varias leyes que buscan reactivar la economía de la Provincia, bastante complicada como en el resto del país.
En este sentido las leyes aprobadas por la legislatura son:
- Modificaciones a la ley impositiva con rebajas de alícuotas y exenciones retroactivas al 1/1/2020
- Régimen de Apadrinamiento de Entidades Vinculadas a la Salud humana con incentivos fiscales
- Se declara la emergencia del sector turístico y se otorgan beneficios impositivos a las pymes
- Exención del impuesto de sellos a los consumos de la aplicación del Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al régimen simplificado y para autónomos
- Programa de Asistencia para Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia del Chaco con beneficios impositivos
- Ampliación del régimen de promoción de los call center, contact center y alojamiento web
Vamos a tratar de resumir los aspectos salientes de cada una de ellas:
Modificaciones a la ley impositiva con rebajas de alícuotas y exenciones retroactivas al 1/12/2020
Por medio de la ley (Chaco) 3168-F, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, se establecen modificaciones a partir del 1/12/2020 a la ley tarifaria, entre las cuales destacamos:
- Ingresos brutos:
- Se reduce del 15% a 6% la alícuota a aplicar para hoteles alojamiento, transitorios, casas de citas y establecimientos similares cualquiera sea la denominación utilizada;
- Se fija la alícuota del 6% para la comercialización mayorista de juegos de azar vía online.
- Sellos:
- Se reduce del quince por ciento (15%) al quince por mil (15‰) la alícuota a aplicar por los seguros de ramos elementales cuyos premios sean superiores a $ 1.600;
- Se reduce del quince por mil (15‰) al cinco por mil (5‰) la alícuota a aplicar por la prórroga o reconducción de la duración de sociedades civiles o comerciales, por la cesión de cuotas de capital y participaciones sociales;
- Se fija la alícuota del cinco por mil (5‰) por la escisión, fusión, transformación, disolución o liquidación de sociedades, excepto sociedad conyugal, sin perjuicio del pago de los impuestos que correspondan y se modifica el mínimo de 50 a 350 unidades fiscales;
- Se incorpora a los contratos que deberán pagar el impuesto, los contratos de fideicomiso y asociativos.
Accedé a la ley (Chaco) 3168-F
Régimen de Apadrinamiento de Entidades Vinculadas a la Salud Humana con incentivos fiscales
A través de la ley (Chaco) 3036-G, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, se crea el Régimen de Apadrinamiento de Entidades Vinculadas a la Salud Humana y se establecen beneficios impositivos para quienes adhieran al mismo.
Destacamos que los benefactores que apadrinen proyectos y sean contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, inscriptos en la Administración Tributaria Provincial, sea en el Régimen General o a través de Convenio Multilateral, podrán deducir el 70% del monto aportado para apadrinamiento hasta un 10% del impuesto determinado por año calendario. La Administración Tributaria Provincial establecerá el mecanismo de implementación del beneficio.
Accedé a la ley (Chaco) 3036-G
Se declara la emergencia del sector turístico y se otorgan beneficios impositivos a las pymes
Por medio de la ley (Chaco) 3169-V, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, se declara la emergencia del sector turístico por el plazo de 180 días a partir del 31/7/2020, y se otorga asesoramiento y apoyo del Gobierno de la Provincia para obtener en el orden nacional exenciones impositivas, diferimientos de impuestos, desgravaciones impositivas y cualquier otro beneficio previsto a las personas humanas o jurídicas encuadradas en las categorías de micro, pequeñas y medianas empresas. Además, se dispone para los sujetos comprendidos en la misma, un plan de facilidades de pago de deudas del impuesto sobre los ingresos brutos.
Accedé a la ley (Chaco) 3169-V
Plan especial de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos para el sector turístico
La resolución general (ATP Chaco) 2054/2020 publicada en el Boletín Oficial el 25/11/2020 reglamenta el plan especial de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos para el sector turístico destinado a las personas humanas o jurídicas encuadradas en las categorías de micro, pequeñas y medianas empresas que se había dispuesto mediante la ley (Chaco) 3169-V. Dentro de este regimen, se establecen las siguientes condiciones:
– Se podrán incluir deudas por anticipos mensuales correspondientes a los períodos fiscales comprendidos desde marzo a octubre de 2020 tanto para el régimen local como para los contribuyentes de Convenio Multilateral con alta en la jurisdicción de Chaco;
– Las cuotas podrán ser hasta 12 mensuales sin interés de financiación y sin anticipo;
– Deberán consolidar a la fecha de presentación del plan el capital y los accesorias pendientes;
Asimismo podrán acceder al Plan de Pagos las personas humanas o jurídicas encuadradas en las categorías de Micro, Pequeña y Mediana Empresa -Pymes- que:
– Desarrollen como actividad principal al mes de marzo de 2020, alguna de las contempladas en el Anexo de la presente resolución, y la misma haya sido informada y registrada por el contribuyente ante la Administración Tributaria, y se encuentren categorizadas como Micro, Pequeña y Mediana Empresa -Pymes-;
– No desarrollen en forma directa o indirecta, servicios relacionados con juegos de azar y/o apuestas;
– La facturación correspondiente al período marzo a agosto de 2020 deberá ser como mínimo inferior en un 30%, a la facturación registrada en el período marzo a agosto de 2019, neta de cambios en el poder adquisitivo de la moneda;
– Contar con certificado de declaración de emergencia Ley 3169-V, del Instituto de Turismo, visado y autorizado por esta Administración;
– A efectos de la comparación de la facturación de ambos períodos de tiempo expresadas a moneda homogénea, se aplicará como coeficiente de actualización, el índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
El acogimiento se formalizará vía Web y el plazo para el acogimiento será hasta el 30 de diciembre del 2020.
Acceder a la RG (ATP Chaco) 2054/2020
Exención del impuesto de sellos a los consumos de la aplicación del Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al régimen simplificado y para autónomos
Por medio de la ley (Chaco) 3224-F, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, se establece que estarán exentos del impuesto de sellos los consumos provenientes de la aplicación del Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al régimen simplificado para pequeños contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos.
Accedé a la ley (Chaco) 3224-F
Programa de Asistencia para Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia del Chaco con beneficios impositivos
A través de la ley (Chaco) 3208-F, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, se crea el Programa de Asistencia para Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia del Chaco, con el objeto de contribuir a su conservación y funcionamiento, a partir de las dificultades financieras vinculadas al advenimiento de la pandemia por COVID-19, desde el 10/9/2020 y por el término de 180 días corridos.
El programa prevé, entre otras medidas, la instrumentación de líneas de créditos especiales; un plan de facilidades de pago y la suspensión hasta el 31/12/2020 de todos los juicios ejecutivos fiscales entablados en contra de las pymes.
Accedé a la ley (Chaco) 3208-F
Plan especial de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos para Pequeñas y Medianas Empresas radicadas en la Provincia del Chaco
Por medio de la resolución general 2055/2020 publicada en el Boletín Oficial el día 25/11/2020, se reglamentó plan especial de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos destinado a las pequeñas y medianas empresas radicadas en la Provincia del Chaco , dispuesto por la L. (Chaco) 3208-F-.
El presente régimen establece las siguientes condiciones para acceder al mismo:
– Se podrán incluir deudas por anticipos mensuales correspondientes a los períodos fiscales comprendidos desde marzo a setiembre de 2020, tanto para el régimen local como para los contribuyentes de Convenio Multilateral con alta en la jurisdicción de Chaco;
– Las cuotas podrán ser hasta 12 mensuales, sin interés de financiación y sin anticipo;
– Para acceder al presente régimen, los solicitantes deberán tener actividades no exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio al 30 de abril de 2020;
-Deberán tener regularizadas las obligaciones formales y materiales de los anticipos mensuales anteriores al período fiscal marzo de 2020, como así también, multas, intimaciones y sanciones que se encuentren firmes;
– El vencimiento de la primera cuota operará en enero de 2021;
– El acogimiento se formalizará vía web y el plazo para el mismo será hasta el 30 de diciembre de 2020.
Acceder a la RG (ATP Chaco) 2055/2020
Ampliación del régimen de promoción de los call center, contact center y alojamiento web
Se incorpora al régimen de promoción de los call center, contact center y alojamiento web a través de la ley (Chaco) 3222-U, publicada en el Boletín Oficial del 6/11/2020, a las empresas dedicadas a la creación, diseño, desarrollo, producción, etcétera, de sistemas de tecnologías de la información y su documentación técnica asociada y/o la fabricación de bienes orientados a la automatización en la producción que incluyan ciclos de retroalimentación de procesos físicos a digitales y viceversa, estando en todo momento exclusivamente caracterizados por el uso de tecnologías de la industria 4.0, tales como la inteligencia artificial, robótica e Internet industrial, y se extiende el plazo para el uso de los beneficios fiscales de 8 a 12 años a partir de que fueran otorgados.
Accedé a la ley (Chaco) 3222-U