Tucumán aprueba el procedimiento de “Fiscalización Electrónica” para el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales

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A tono con los tiempos de comunicación electrónica y con el resto de las jurisdicciones que ya lo han implementado, la provincia de Tucumán aprobó e implementó, a partir del 18 de noviembre, el procedimiento de “Fiscalización Electrónica“, para el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la Dirección General de Rentas.

Dicho procedimiento se iniciará mediante el formulario de notificación de inicio de inspección F. 6004/E, notificando a sus contribuyentes en sus domicilios fiscales electrónicos.

El contribuyente y/o responsable deberá ingresar a través del link denominado “Servicios con Clave Fiscal” al servicio “Fiscalización Electrónica”, que se encuentra disponible en el sitio web de www.rentastucuman.gob.ar).

Para acceder al citado link, los contribuyentes y/o responsables deberán utilizar para su identificación la “Clave Fiscal” otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Al operar por primera vez, deberá efectivizarse en la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” del sitio web de la AFIP (www.afip.gov.ar) la incorporación de una nueva relación en el Servicio “Rentas Tucumán“.

En caso que le fuera requerido el aporte de prueba documental, la misma deberá ser adjuntada como archivo digital, en el formato que indique la inspección actuante, en el campo habilitado a tal efecto.

Además toda transmisión de datos, información o documentación respaldatoria digitalizada que efectúen los contribuyentes y/o responsables a través del servicio “Fiscalización Electrónica” tendrá el carácter de declaración jurada y la documentación digitalizada que se transmita será considerada copia fiel de su original, que el sujeto obligado deberá conservar en su poder, a disposición de esta Autoridad de Aplicación.

El plazo fijado para el cumplimiento a los requerimientos será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación, debiendo responder el mismo conforme a los puntos que indique el requerimiento.

Una vez terminado el procedimiento fiscalizatorio, se notificará mediante el formulario de notificación de finalización de inspección Nº 6009/E (F. 6009/E) -RG (DGR Tucumán) N° 72/2019.

Por último, debemos señalar que en caso de incumplimiento a los requerimientos de “Fiscalización Electrónica”, en los plazos otorgados, podrán aplicarse las sanciones previstas en el Código Tributario Provincial.

Accedé a la RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 132/2020