Régimen de información de fideicomisos financieros y no financieros: adecuación el concepto de beneficiario final y prórroga del régimen de información

por

Cynthia L. Sleiman

Se publicó oficialmente la resolución general (AFIP) 4912, que adecúa el concepto de “Beneficiario Final” y también establece la prórroga del régimen de información de fideicomisos financieros y no financieros.

La norma publicada en el boletín oficial del 26/1/2021, establece que se considerará beneficiario final a la persona humana que posea participación, o que por cualquier medio ejerza el control directo o indirecto del fideicomiso. También los fiduciantes, fiduciarios, fideicomisarios, beneficiarios, protectores y similare que actúen en fideicomisos del país y del exterior, siempre que sean personas humanas.

En este sentido también se aclara que en el caso que el beneficiario final no participe en forma directa en el patrimonio fideicomitido o en el control del fideicomiso se deberá informar el primer nivel que conforme la cadena de participaciones en el país entre el beneficiario final y el fideicomiso. En el caso de entidades radicadas o ubicadas en el exterior será obligatorio adjuntar toda la cadena de participaciones.

Régimen de información de fideicomisos financieros y no financieros. Se adecua el concepto de beneficiario final y se extiende el plazo de información

La resolución general también aclara que cuando se trate de fiduciantes, fiduciarios, fideicomisarios, beneficiarios, protectores y similares que sean personas jurídicas u otras entidades contractuales o estructuras jurídicas, también tendrán la obligación de informar la cadena de participaciones. Y en este caso también se deberá informar, además, el beneficiario final de las mismas.

Por su parte, se prorroga el plazo de presentación del régimen de información correspondiente al año 2019 y se fija el siguiente cronograma:
– Agentes de información que posean hasta 50 beneficiarios finales a informar: 30/4/2021.
– Agentes de información que posean más de 50) y hasta 500 beneficiarios finales a informar: 15/5/2021.
– Agentes de información que posean más de 500 beneficiarios finales a informar: 31/5/2021.