EMPLEADOS DE COMERCIO, CCT 130/1975. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE $ 1200 EN JULIO 2014. DICTÁMEN DEL MTESS. PAGO COMPLETO
Mediante el último acuerdo salarial de la actividad mercantil homologado por la resolución (ST) 626/2014 se conviene el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente.
Sobre el particular, las partes firmantes del acuerdo mantenían una diferencia de interpretación sobre la forma de pago de la citada asignación no remunerativa a los trabajadores de jornada a tiempo parcial.
A raíz de ello, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social convocó a las partes a fin de solucionar el diferendo y procedió a emitir el Dictamen (DNRT) 4222/2014 por el cual entiende “que el otorgamiento de tal beneficio no ha sido condicionado en ningún sentido, ni ha quedado sujeto al horario de la jornada laboral que los empleados pudieran desarrollar” por lo que “puede inferirse que la asignación de carácter no remunerativa pactada libremente entre los sectores involucrados, a pagar en dos cuotas, resulta clara y suficiente, no quedando la misma sujeta a ninguna otra condición a los fines de su percepción”.
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