Por medio de la resolución general (ATP) 2075/2021, la Administradora Tributaria de la Provincia de Chaco instrumenta un sistema electrónico para la aplicación y cobro de multas automáticas.
Este sistema establece que el incumplimiento a los deberes formales previstos en el Código Tributario Provincial y demás disposiciones que éste contemple, generará la aplicación automática, sin sumario previo, de las sanciones establecidas en el artículo 32° del Código Tributario Provincial, Ley N° 83-F, “Multas por infracción a los deberes formales”.
Al respecto, se dispone que las sanciones por el incumplimiento a los deberes formales serán notificadas en el domicilio fiscal electrónico del contribuyente y en su respectivo correo electrónico vinculado y validado. Solo en caso de no registrarse dichos domicilios será notificado en el domicilio fiscal constituido en la Administración Tributaria Provincial.
Esta resolución también incrementa la escala de multas por infracción a los deberes formales que va de $1.500 a $2.500 cuando no se constituye domicilio fiscal electrónico ni se valide Dirección de Correo Electrónico de contacto, por parte de los contribuyentes Locales y de Convenio Multilateral-.
Asimismo, cuando presentaren y pagaran la declaración jurada omitida antes del último día del mes en que operó el vencimiento, la multa automática no será generada.
Por último, se categorizará como contribuyente cumplidor en un sistema de evaluación de riesgo a aquellos que durante el año calendario haya presentado y pagado, en tiempo y forma, todas las declaraciones juradas que le correspondieren, pudiendo, a criterio de la Administración, ser beneficiario de una reducción del 50% al 100% en multas formales anteriores, que no se encuentren en instancia de ejecución judicial, situación que deberá ser resuelta a pedido del contribuyente