La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Afines (FAECyS) junto a las cámaras empresarias que nuclean a los empleadores del sector mercantil, suscribieron un nuevo acuerdo salarial, complementario de la paritaria 2021.
Remuneraciones
El acuerdo salarial de fecha 2 de febrero de 2021, dispone un incremento no remunerativo del 13% sobre las escalas salariales vigentes a mayo de 2021.
El citado incremento, se abonara en su valor nominal y no acumulativamente de acuerdo al siguiente cronograma:
- 3% a partir de febrero de 2022
- 10% a partir de marzo de 2022
El total del aumento acordado pasará a conformar el nuevo salario básico a partir del mes de abril de 2022.
Se aclara, que para el caso de trabajadores que presten tareas de forma discontinuo o a jornada parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el monto a abonar por este incremento será proporcional a la jornada laboral cumplida.
Aportes y contribuciones
Mientras el incremento pactado mantenga su condición de asignación no remunerativa no será contributivo a ningún efecto, ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social, con las únicas excepciones de:
- Aportes y contribuciones a OSECAC
- Aportes del trabajador con fines sindicales de acuerdo a lo establecido en los arts. 100 y 101 del CCT 130/1975.
Acuerdo de suspensión (art. 223 bis de la LCT)
El nuevo acuerdo, prorroga una vez más, para los meses de enero a junio de 2022, ambos inclusive, el convenio de emergencia que establece las condiciones para implementar un régimen de suspensiones para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva en el marco de la emergencia sanitaria y el pago de una suma no remuneratoria, en el marco del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.
El convenio de emergencia fue homologado por medio de la resolución (ST) 515/2020 y fue prorrogado por las resoluciones (ST) 1358/2020 y (ST) 73/2021.