En la tarde del jueves 3 de marzo de 2022, el Gobierno enviará al Congreso de la Nación el proyecto de ley para aprobar el “Acuerdo para el Refinanciamiento de la Deuda entre la República Argentina y el Fondo Monetario Internacional” que acordó con el FMI.
El acuerdo alcanzado con el FMI será para refinanciar la deuda de aproximadamente UD 45.000 millones.
Al Congreso se enviará la totalidad de los documentos que conforman el acuerdo que incluyen el Memorándum de Políticas Económicas y Financieras y el Memorándum de Entendimiento Técnico.
Detalles del acuerdo
Según han comunicado, el acuerdo alcanzado se basa en lo que se conoce como Servicio Ampliado del FMI (Acuerdo de Facilidades Extendidas; EFF, por sus siglas en inglés) que incluye 10 revisiones que se realizarán de manera trimestral durante dos años y medio.
El primer desembolso se realizará luego de la aprobación del programa por parte del directorio del FMI.
El resto de los desembolsos se hará luego de completarse cada revisión.
El período de repago de cada desembolso es de 10 años, con un período de gracia de 4 años y medio, lo que implica comenzar a pagar la deuda a partir de 2026 y hasta 2034.
Política fiscal
El acuerdo apunta a una reducción gradual del déficit fiscal, consistente con un crecimiento moderado del gasto en términos reales.
Se avanzará en una consolidación fiscal progresiva que reduzca el déficit fiscal, en el marco de la recuperación de la actividad económica y una reducción gradual del financiamiento monetario del mismo.
“Hemos desarrollado una estrategia de consolidación fiscal plurianual con el objetivo de lograr un déficit primario del 2,5% del PIB en 2022, cayendo al 1,9% del PIB en 2023 y al 0,9% del PIB para el 2024”, define uno de los Memorándum.
Política laboral y previsional
En relación a las jubilaciones, el acuerdo con el FMI no prevé ninguna reforma previsional, por el contrario, se prevé continuar con la mejora de los haberes mediante la aplicación de la fórmula de movilidad jubilatoria establecida en la Ley 27.609.
Política tarifaria
En materia de tarifas, el comunicado expresa que, tal como lo adelantó el Presidente de la Nación en su discurso de apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, para los usuarios residenciales se considerará como criterio objetivo el coeficiente de variación salarial (anteriormente denominado CVS), como lo establecía la Ley N° 27.443. Con dicho parámetro, el Poder Ejecutivo nacional impulsará, previa audiencia pública convocada a fines de abril de 2022, las medidas que tracen un sendero para el bienio 2022-2023 una nueva propuesta tarifaria con un esquema de segmentación de subsidios que enfoque.
La segmentación para el bienio 2022-2023 contempla tres niveles, conforme los parámetros que determine el Poder Ejecutivo nacional en el marco de su competencia según el servicio público de que se trate:
- usuarios que dejarán de ser beneficiarios de subsidio al consumo energético en función de su plena capacidad de pago;
- usuarios beneficiarios de la tarifa social, para quienes el incremento total en su factura para cada año calendario será equivalente al 40% del CVS del año anterior,
- para el resto de los usuarios el incremento total en la factura para cada año calendario será equivalente al 80% del CVS correspondiente al año anterior.
Durante los años 2022 y 2023 no podrán contemplarse otros incrementos por encima de los aumentos previstos, para las categorías de segmentación de usuarios 2. y 3. Para el año 2022 se incluirán para el cálculo, los incrementos aplicados durante todo el año calendario.
En tanto que, para los usuarios no residenciales, la propuesta contempla el pago de la tarifa plena para los Grandes usuarios de distribuidor (Gudi), y para el resto se procederá con una revisión tarifaria según la propuesta definida en la audiencia pública.