La provincia de Córdoba mediante la Resolución (Min. Finanzas Cba.) 250/2022 prorroga al 31 de diciembre de 2022 el régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos, por cuyos conceptos existan deudas con el Fisco provincial, devengados al día 31 de diciembre de 2021.
Se trata de un régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses, multas y/u otros recursos, por cuyos conceptos existan deudas con el Fisco provincial, devengados al día 31 de diciembre de 2021.
Al respecto, se podrán incluir en el presente régimen deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, de sellos, automotor, embarcaciones, tasas retributivas de servicios, excepto tasa de justicia, todo otro recurso cuya recaudación y/o administración sean conferidas a la Dirección General de Rentas de la Provincia, multas provenientes de infracciones al régimen de agentes de información, multas que correspondan a los agentes de retención, percepción y/o recaudación, y multas que correspondan a los responsables sustitutos por la omisión de ingresar los importes de su actuación en tal carácter.
Se excluyen del presente régimen de facilidades:
- La deuda (capital y sus intereses) de los agentes de retención, percepción y/o recaudación correspondiente a su actuación en tal carácter y que, habiendo practicado las mismas, no las hubiesen ingresado al Fisco.
- Los importes derivados de la Tasa Vial Provincial -Ley N° 10.081 y sus normas complementarias-, excepto la multa prevista en el inciso i) del artículo 2º de este Decreto.
- Las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes.
Será condición de adhesión al presente régimen excepcional de facilidades de pago que la deuda a regularizar incluya el capital adeudado con más los accesorios que correspondan, calculados a la fecha de emisión del plan de facilidades de pago.
Destacamos que las deudas incluidas en el presente régimen se podrán regularizar en hasta 36 cuotas y los contribuyentes podrán acceder al régimen hasta el día 31 de diciembre de 2022 según la prórroga dispuesta por la Resolución (Min. Finanzas Cba.) 250/2022. Anteriormente podían acceder al régimen hasta el día 30 de septiembre de 2022.