El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 resolvió incorporar dentro del proceso colectivo a los profesionales matriculados en Ciencias Económicas de las siguientes jurisdicciones:
- Ciudad de Buenos Aires
- Buenos Aires
- San Juan
- Neuquén
- San Luis
- Mendoza
- Jujuy
- Misiones
- Catamarca
- Río Negro
- Chaco
- Córdoba
- La Pampa
- Formosa
- Santa Fe
- Colegio de Graduados de Rosario
- Entre Ríos
- Tucumán
- La Rioja
- Santiago del Estero
- Tierra del Fuego
- Santa Cruz
- Chubut
No se encuentran incluidas en el decisorio del Juzgado las provincias de Salta y Corrientes.
Esto quiere decir, que las medidas adoptadas por el Juzgado respecto al petitorio del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, con los alcances de la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, alcanza a todos los profesionales matriculados en los Consejos y/o Colegios Profesionales de las provincias citadas anteriormente.
Resolución de fecha 22 de junio de 2022
La Justicia hizo lugar a la medida precautelar del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA disponiendo la suspensión de los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales 2021 previstos por la AFIP a partir del día 23 de junio de 2022.
Resolución de fecha 24 de junio de 2022
Por medio de esta resolución, el Juzgado admite la medida cautelar planteada y suspende los vencimientos establecidos por la AFIP-DGI para la presentación y pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias –incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del periodo fiscal 2021 de las personas humanas.
En este sentido, aclara que la medida cautelar alcanza a todos los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (CPCECABA) ya sea que intervengan como representantes de sus clientes por delegación formal del acceso a los servicios de la AFIP-DGI, o que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario.
Finalmente, el decisorio ordena tanto a la parte actora (CPCECABA) como a la demandada (AFIP-DGI) la publicación de la resolución en sus páginas web institucionales por el plazo de 1 día, a fin de que eventuales interesados puedan ejercer su derecho de adhesión o autoexclusión.
Resolución del 1 de julio de 2022
La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar, solicitada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que suspendió los vencimientos de las declaraciones juradas de ganancias y bienes personales del período fiscal 2021.
En el fallo la Cámara dispone mantener la medida cautelar dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 que suspende los vencimientos de las declaraciones juradas de ganancias y de bienes personales hasta el 12 de julio de 2022, inclusive, o hasta que se dicte sentencia definitiva, según la circunstancia que ocurra en primer término.
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