Consenso Fiscal 2021: el Senado dió dictamen favorable y será tratado en el recinto

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LEY 27469 Consenso fiscal 2018. Aprobación

La Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, emitió dictamen sobre el Consenso Fiscal 2021 para que pueda ser tratado en el recinto y ratificado por ley.

Entre otras cosas dispuestas por este Consenso, se dejan sin efecto las obligaciones asumidas en materia tributaria provincial establecidas con anterioridad a través de los Consensos Fiscales anteriores, teniendo únicamente como exigibles aquellas cuyo cumplimiento se haya efectivizado a la fecha de la firma de este nuevo acuerdo.

El Consenso Fiscal fue una de las tantas cuestiones que se incluyeron en el temario a tratar durante las sesiones extraordinarias y que quedaron pendientes de tratamiento durante este año.

suscrpción impuestos

El pacto fiscal fue firmado entre las provincias y el Gobierno nacional el 27 de diciembre del año pasado y desde entonces se espera la ratificación por parte del Congreso Nacional, ratificación que si fue otorgada por el Poder Legislativo de varias provincias.

Durante este miércoles, la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado emitió dictamen favorable, lo que dejó el tema listo para ser incluido en la próxima sesión de la Cámara alta.

El Consenso Fiscal fue suscripto por 20 provincias. La Pampa y San Luis no firmaron este acuerdo como así tampoco habían consignado los anteriores. Por su parte, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en esta oportunidad no envió representantes a firmar el acuerdo.

Con el acuerdo, los firmantes asumen una serie de compromisos al suscribir el Consenso, que son en materia tributaria; en materia de endeudamiento responsable; en materia de responsabilidad fiscal; en materia de procesos judiciales; compromisos que asume el Gobierno nacional con las jurisdicciones, y ciertos compromisos comunes.

En materia tributaria, se disponen límites a las alícuotas de los distintos impuestos provinciales. Respecto de endeudamiento responsable, se procura que no se repita la historia reciente de tomar deuda por encima de las efectivas posibilidades que se tienen, y que no se tome deuda para gastos corrientes, sino que tienen que tener como contraprestación, por ejemplo, obras de infraestructura.

En referencia a los procesos judiciales los acuerdos a los que se pueda arribar previamente a las instancias de juicio en sí, y hacer un compás de espera por un año para no avanzar en esos procesos.