Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo: ¿cuáles son los cambios desde septiembre?

por

Eugenia Khedayán – Departamento de Contenidos, Laboral

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 1273/2022, desde el mes de septiembre de 2022, introduce modificaciones en el Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo, con respecto a la acreditación de la situación de discapacidad por parte de la población destinataria y a los cupos de participación, plazos de ejecución y características de las tutorías de los proyectos encuadrados en la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario.

¿Cuáles son las modificaciones?

  • Se incorpora al primer párrafo del artículo 2 de la Resolución (MTESS) 124/2011, la exigencia de que la discapacidad debe estar “debidamente acreditada”, de la siguiente manera: “Destinatarias/os. Podrán participar del Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo trabajadoras/es desocupadas/os mayores de dieciocho (18) años con discapacidad debidamente acreditada, y que tengan residencia permanente en el país.”.
  • Se reduce a 5 la cantidad mínima de participantes de los proyectos de la línea de actividades asociativas de interés comunitario, cuando antes eran 8.
  • Se amplía a 36 meses la duración máxima de los proyectos.
  • En consecuencia, se amplía a 36 meses el plazo máximo durante el cual las trabajadoras y los trabajadores que participen en los proyectos perciben la ayuda económica mensual no remunerativa a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, durante el desarrollo de sus actividades.
  • Además, se modifica el inciso 4 del artículo 8 de la Resolución (MTESS) 124/2011 indicando que los Organismos Ejecutores de proyectos de la línea de actividades asociativas de interés comunitario deberán garantizar “el acompañamiento y la presencia de un tutor que asista, capacite y forme en su expertís a las/os participantes del Programa.”
  • Por último, se modifica el artículo 13 de la Resolución (MTESS) 124/2011 indicando que las trabajadoras y los trabajadores interesados en participar de la línea de actividades de apoyo a la inserción laboral deberán inscribirse en la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo o en la Agencia Territorial, correspondiente a su domicilio.

Resolución (MTESS) 1273/2022