Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1849/2022 del Ministerio de Salud, por la cual se establece el carácter no obligatorio del uso del barbijo a partir del 21 de septiembre del corriente año.
Continúan las recomendaciones
Sin perjuicio de la no obligatoriedad del barbijo, se continúa recomendando medidas de prevención general, a saber:
- el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público;
- asegurar la ventilación de los ambientes;
- mantener la higiene adecuada y frecuente de manos;
- y ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.
La situación actual
Aunque continúa vigente la declaración de emergencia pública en materia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022 -establecida por la Ley 27541, ampliada por Decreto N° 260/2020 y prorrogada por Decreto 867/2021-; el impacto del COVID-19 a partir del avance de las coberturas de vacunación, se ha logrado disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por COVID-19, independientemente de la variante circulante.
Desde el inicio de la Campaña Nacional de Vacunación contra COVID-19 hasta el 6 de septiembre de 2022 se alcanzó una cobertura del 82,5% en población general y 81,7 % en mayores de 3 años con 2 dosis de vacuna, y de 46,7 % en población general y 73,5% en mayores de 60 años con el primer refuerzo.
A su vez, la ocupación de camas de terapia intensiva por COVID-19, todas las provincias se ubican por debajo del 75%, y la cantidad de pacientes en Unidades de Terapia Intensiva (UTI) reportados por las jurisdicciones presenta un leve descenso en las últimas 4 semanas.
Asimismo, se aclara expresamente que, cada Jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada.