Acercamos el texto definitivo de la ley aprobada en el Congreso de la Nación que instrumenta diversas medidas de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, en materia de beneficios fiscales y de fomento a la utilización de instrumentos de crédito.
Recordamos que, entre las principales medidas instrumentadas para las PYMES, se destacan:
– eximición del impuesto a la ganancia mínima presunta y estabilidad fiscal;
– creación de un bono de crédito fiscal equivalente a un porcentaje del importe de las inversiones en bienes de capital y/u obras de infraestructura que realicen;
– la posibilidad de solicitar la conversión del crédito fiscal del primer párrafo originado en inversiones productivas que no sea absorbido en el ejercicio en un bono para cancelar tributos nacionales, incluidos los aduaneros;
– el cómputo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias de la totalidad del impuesto a los créditos y débitos en las operaciones bancarias;
– la elevación del monto de los certificados de crédito fiscal que se otorgan con motivo del régimen de crédito fiscal para educación técnica -L. 22317-;
– se amplía el alcance del Fondo de Garantías para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como así también el universo de sujetos que pueden acceder al régimen de bonificación de tasas de interés para créditos financieros -art. 4, L. 24467-;
– se permite a las SRL la posibilidad de emitir obligaciones negociables, y a las entidades de seguro, invertir en las mismas;
– se propician medidas para favorecer la negociación de pagarés en los mercados de valores; y
– se instruye al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar las acciones necesarias para que el acceso a los beneficios del Programa de Recuperación Productiva pueda realizarse mediante trámite simplificado para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Cabe destacar que la presente ley se encuentra, a la fecha, pendiente de promulgación y publicación en el Boletín Oficial.
Acceda al texto definitivo de la Ley.
Fuente: Editorial Errepar